Calendario fiscal del autónomo 2026: todas las fechas
- Las declaraciones trimestrales (303, 130, 111) vencen en los primeros 20 días de abril, julio y octubre, y el 30 de enero para el cuarto trimestre.
- En enero se suman los resúmenes anuales (390, 190); la Renta va de abril a junio del año siguiente.
- No todos los autónomos presentan lo mismo: tu calendario depende de tu perfil (régimen, si te retienen, si retienes tú).
- Si domicilias el pago, presenta 5 días antes. Abajo tienes el calendario por trimestre y cómo no perder un plazo.
El calendario fiscal del autónomo en 2026 parece más complicado de lo que es: en realidad son cuatro fechas trimestrales que se repiten, más un par de citas anuales. Lo que cambia de un autónomo a otro no son las fechas, sino qué modelos te tocan. Un freelance que factura a empresas no presenta lo mismo que una tienda en recargo de equivalencia o que quien tiene una empleada.
En esta guía tienes el calendario fiscal de 2026 completo, trimestre a trimestre, qué declaración corresponde a cada perfil y la forma práctica de no llegar nunca tarde. Las fechas son las de los modelos de IVA e IRPF más comunes; confirma siempre el detalle en la sede de la AEAT.
¿Qué se presenta cada trimestre en 2026?
Cada trimestre se presentan las autoliquidaciones del periodo anterior: el modelo 303 (IVA) y, según el caso, el 130 (IRPF), el 111 (retenciones) o el 115 (alquiler). El cuarto trimestre, en enero, añade los resúmenes anuales.
La clave de enero es que se juntan dos cosas: la declaración del cuarto trimestre y los resúmenes anuales. Es el mes con más carga, y por eso conviene llegar con el año cuadrado y no empezar a buscar facturas el 28 de enero.
¿Qué modelos te tocan a ti?
Tu calendario depende de tu perfil: el 303 lo presenta casi todo autónomo en régimen general; el 130 solo en estimación directa y sin la exención del 70%; el 111 solo si retienes a empleados o a profesionales; el 115 solo si pagas un alquiler con retención.
No tiene sentido apuntarte plazos que no son tuyos. Esta tabla resume quién presenta qué, que es la parte que casi ningún calendario explica:
| Modelo | Qué declara | ¿Te toca si...? |
|---|---|---|
| 303 | IVA del trimestre | Estás en régimen general (no en recargo de equivalencia) |
| 130 | Pago a cuenta del IRPF | Estimación directa y NO tienes la exención del 70% con retención |
| 111 | Retenciones que practicas | Pagas nóminas o facturas de profesionales con retención |
| 115 | Retención del alquiler | Pagas el alquiler de un local con retención |
| 390 / 190 | Resúmenes anuales | Presentas 303 / 111 (van en enero) |
Un detalle que descoloca a muchos profesionales: si el 70% o más de tus ingresos llevan retención (lo habitual cuando facturas a empresas), estás exento de presentar el 130, y ajustas el IRPF directamente en la Renta. Lo explicamos a fondo en la guía del modelo 130. Si no sabes qué modelos son los tuyos, en la demo de la suite puedes verlo: a partir de tu actividad y tus facturas deduce qué te toca presentar y cuándo.
Que el calendario lo lleve la herramienta, no tu cabeza
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Probar gratis, sin registroLas citas anuales: Renta y resúmenes
Además de lo trimestral, en enero van los resúmenes 390 y 190, en febrero el 347 (operaciones con terceros) cuando aplica, y de abril a junio la declaración de la Renta del año anterior. La Renta es donde cuadra de verdad tu IRPF.
- Enero: modelo 390 (resumen anual del IVA) y 190 (resumen anual de las retenciones del 111), junto con el cuarto trimestre.
- Febrero: modelo 347, informativo, si has tenido operaciones con algún tercero por más de 3.005,06 € en el año (con excepciones).
- Abril a junio: campaña de la Renta del ejercicio anterior. Aquí se ajusta tu IRPF real: lo que adelantaste con el 130 y con las retenciones de tus facturas se resta de lo que te sale a pagar.
La Renta es la cita que más se infravalora siendo autónomo, porque es donde se nota si llevaste bien el año. Tener el libro de ingresos y gastos ordenado desde enero hace que la Renta deje de ser una sorpresa.
Cómo no perder un vencimiento
Para no llegar tarde: domicilia con margen (5 días antes del cierre), ten el trimestre cerrado la semana anterior y usa avisos automáticos. El recargo por presentar fuera de plazo crece con el retraso, así que el coste de olvidarse es real.
La causa número uno de recargos no es la pereza, es perder de vista la fecha cuando tienes la cabeza en facturar. Tres hábitos que funcionan:
- Domicilia, pero con margen. Si domicilias el pago, el plazo se te adelanta cinco días. Marca en tu calendario el 15 (o el 25 en enero), no el 20.
- Cierra el trimestre la semana de antes. No el último día. Si subes tus facturas y tickets a medida que llegan, el cierre es revisar, no reconstruir.
- Pon avisos automáticos. Un recordatorio por email unos días antes de cada vencimiento evita el 90% de los sustos. La suite de contabilidad para autónomos los manda sola según los modelos que te toquen.
Puedes consultar el calendario oficial del contribuyente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, que es la referencia que manda si una fecha cae en festivo autonómico o local.
Preguntas frecuentes sobre el calendario fiscal 2026
En resumen
El calendario fiscal de 2026 son cuatro fechas trimestrales que se repiten (20 de abril, julio y octubre; 30 de enero) más la Renta en primavera. Lo que cambia es qué modelos te tocan según tu perfil, y ahí está el lío real, no en las fechas. Si tienes claro qué presentas y llegas con el trimestre cerrado, el calendario deja de dar miedo.
Actualizado en junio de 2026. Las fechas pueden variar por festivos; confirma siempre en la sede de la AEAT. Esta guía no es asesoramiento fiscal.
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